Santo Domingo
TSA confirma derechos de Franasyl y mantiene en firme resolución del Indotel sobre el Canal 3 virtual
El tribunal rechazó las pretensiones de Telemicro y reafirmó la autoridad reguladora del Indotel en materia de espectro.
Santo Domingo.– La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) confirmó la legitimidad de los derechos invocados por Franasyl, S.R.L. sobre el Canal 3 virtual, al declarar válida su intervención en el proceso que sostenía con la Corporación de Televisión y Microondas Rafa, S.A. (Telemicro).
La decisión judicial ratifica en todas sus partes la Resolución 080-2022 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), al tiempo que rechaza el recurso contencioso interpuesto por Telemicro, que buscaba la anulación de dicha resolución.
El fallo del TSA se produce luego del reenvío ordenado por la Suprema Corte de Justicia, tras advertir irregularidades en una valoración previa del caso. Telemicro alegaba supuestos derechos adquiridos sobre el Canal 3 VHF desde una comunicación emitida por el regulador en 2004.
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Sin embargo, el tribunal determinó que esa comunicación tenía carácter temporal y condicionado, sin constituir una autorización definitiva. Además, concluyó que la empresa no demostró cumplir con los requisitos técnicos y administrativos que exige la Ley 153-98, el Reglamento de Autorizaciones y las resoluciones del Plan de Transición a Televisión Digital.
El TSA también reafirmó que la modificación del Plan de Frecuencias es una atribución exclusiva del Indotel, descartando cualquier reclamo de Telemicro en ese sentido.
En cuanto a Franasyl, el tribunal consideró legítima su intervención voluntaria y reconoció su interés jurídico, luego de que la empresa obtuviera en 2024 una licencia vinculada al Canal 3 virtual dentro del proceso nacional de transición tecnológica.
Con esta sentencia, el TSA sostiene la validez de la actuación del Indotel y la continuidad del proceso de ordenamiento del espectro radioeléctrico en el país.










