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Santo Domingo

Pepe Abreu reconoce retraso sindical en detectar cambio clave a la cesantía

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Santo Domingo. – El presidente de la Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), Rafael “Pepe” Abreu, reconoció que las organizaciones sindicales identificaron con retraso las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 86 del proyecto de reforma al Código de Trabajo, disposición vinculada a la penalidad por mora en el pago de prestaciones laborales, conocida como astreinte.

Abreu explicó que los representantes del sector laboral entendieron inicialmente que la Cámara Alta había aprobado la pieza sin alterar el régimen de cesantía, tal como se había acordado en los diálogos previos, pero aseguró que posteriormente constataron que el texto sí contenía cambios que inciden en ese derecho.

El dirigente sindical hizo la aclaración al referirse a una publicación periodística que abordó la postura cambiante de los gremios frente a la reforma laboral, señalando que corresponde asumir con franqueza que la observación de la modificación se produjo varias semanas después de la aprobación legislativa en segunda lectura.

Detalló que la inclusión del artículo 86, en la forma en que fue reformulado, introduce condiciones que pueden afectar el cálculo y aplicación de la astreinte cuando los casos de prestaciones laborales pasan a la vía judicial, al excluir del cómputo los días en que el expediente se encuentra pendiente de fallo.

Durante la pasada legislatura, el Senado aprobó que la penalidad por retardo solo se aplique sobre los montos efectivamente adeudados y no sobre sumas pagadas, consignadas o no reconocidas judicialmente, además de suspender su cómputo mientras el proceso esté en manos de los tribunales.

Abreu advirtió que, de mantenerse esa redacción, algunos empleadores podrían optar por judicializar los reclamos como mecanismo para retrasar el pago de prestaciones, lo que a su juicio debilitaría el efecto disuasivo de la cesantía establecido en la legislación vigente desde 1992.

Recordó que el Código Laboral actual establece un plazo de diez días para el pago de las indemnizaciones tras la terminación del contrato de trabajo, y que el incumplimiento genera una penalidad diaria a favor del trabajador.

Ante las preocupaciones del sector sindical, la Comisión Permanente de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó mantener intacto el artículo 86, como figura en la normativa vigente, decisión adoptada tras las objeciones planteadas por los gremios laborales.

El debate sobre la reforma al Código de Trabajo volvió a tomar fuerza luego del llamado del presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, a retomar el diálogo entre los sectores involucrados, en medio de posiciones encontradas entre legisladores y representantes sindicales.

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