Nacional
TC declara inconstitucional ley de embargos y ordena al Congreso elaborar nueva normativa
SUR INFORMA RD
Santo Domingo.– El Tribunal Constitucional (TC) dejó sin efecto la Ley 396-19, que otorgaba al Ministerio Público la facultad de autorizar el uso de la fuerza pública en embargos y medidas de ejecución, tras considerar que vulnera principios constitucionales y fue aprobada con un procedimiento incorrecto.
La alta corte explicó que dicha ley debía tramitarse como ley orgánica, conforme al artículo 112 de la Constitución Dominicana, lo cual no se cumplió, generando vicios de forma y de fondo en su aprobación.
El TC recordó que la ejecución de sentencias y medidas judiciales es una competencia exclusiva del Poder Judicial, según lo establece el artículo 149 de la Carta Magna, por lo que el Ministerio Público no puede tener injerencia en este ámbito.
La sentencia TC/0743/25 también precisó que el rol de los fiscales en estos procesos se limita únicamente a perseguir delitos que puedan surgir durante la ejecución, sin intervenir en la autorización ni dirección de la fuerza pública.
La decisión responde a una acción de inconstitucionalidad presentada por Genaro A. Silvestre Scroggins, Franklin José Zabala Jiménez y la Asociación Nacional de Alguaciles Unidos (ANAU), quienes alegaban que la normativa violentaba la separación de poderes y afectaba la tutela judicial efectiva.
El tribunal ordenó al Congreso Nacional elaborar una nueva legislación que regule este tema en correspondencia con la Constitución. Para facilitar la transición, dispuso que la declaratoria de inconstitucionalidad entre en vigor en un plazo de dos años, contados desde la notificación del fallo.



