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Aumento salarial entrará en vigor en febrero de 2026 para trabajadores del sector privado

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La medida fue aprobada por el Comité Nacional de Salarios y contempla incrementos escalonados según el tamaño de la empresa.

SANTO DOMINGO.– El Comité Nacional de Salarios (CNS) aprobó un aumento escalonado del salario mínimo nacional para los trabajadores del sector privado no sectorizado, el cual tendrá su segunda fase de aplicación a partir del 1 de febrero de 2026, conforme a la Resolución Núm. CNS-01-2025, emitida el 26 de febrero de 2025.

La disposición, que modifica la Resolución 1/2023, fue adoptada tras varias jornadas de deliberación en las que representantes de los sectores laboral y empleador alcanzaron un acuerdo unánime. El ajuste salarial se implementa en dos etapas: la primera inició el 1 de abril de 2025, mientras que la segunda será efectiva en febrero de 2026.

De acuerdo con lo establecido, los salarios mínimos mensuales para el sector privado no sectorizado quedarán de la siguiente manera a partir de febrero de 2026:
las empresas grandes pasarán a RD$29,988.00, lo que representa un aumento de RD$1,999.20; las empresas medianas devengarán RD$27,489.60, con un incremento de RD$1,832.64; las empresas pequeñas alcanzarán RD$18,421.20, para un alza de RD$1,228.08; y las microempresas tendrán un salario mínimo de RD$16,993.20, con un aumento de RD$1,132.88.

La resolución también define los criterios de clasificación empresarial, tomando en cuenta la cantidad de trabajadores y el volumen de ventas anuales, estableciendo que, en caso de coincidir en dos escalas distintas, prevalecerá la categoría superior para fines de aplicación salarial.

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En el caso de los vigilantes privados, el salario mínimo será de RD$24,633.00 mensuales a partir de febrero de 2026, mientras que los trabajadores del campo devengarán RD$714.00 diarios por jornada de ocho horas, lo que representa un incremento de RD$47.60 por día.

El CNS advirtió que la resolución prohíbe cualquier práctica de simulación o fraude laboral, como la desvinculación y posterior recontratación de empleados con el objetivo de evadir el pago de los salarios establecidos.

La medida será publicada en un periódico de circulación nacional y en la Gaceta Oficial, y deberá permanecer visible en todos los establecimientos del país, conforme a lo dispuesto por la legislación laboral dominicana.

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